Considerando que la Organización Internacional del Trabajo en 1948 se adopta por unanimidad los principios que deben servir de base a la Reglamentación Internacional “El Convenio 98”, el cual afirma por derecho el principio de la “Libertad Sindical” acto: Libre, Directo y Secreto.
En México, este convenio se aprueba en la Cámara de Senadores, como de Diputados en el año 2017, poniendo punto final al Sindicalismo de Protección y Blancos.